Queremos poner a al venta un piso. El piso está a nombre de 2 personas:- Marido: vivo y con 2 hijas legítimas (de relación anterior)- Mujer: fallecida y con 2 hijos legítimos (de relación anterior)Es decir en el momento del matrimonio cada uno aportó 2 hijos de relaciones anteriores que mantuvieron apellidos y no fueron reconocidos legalmente por el otro progenitor en ninguno de los casos.Según tengo entendido la parte proporcional del piso correspondiente a la fallecida (que no dejó testamento) sería para sus 2 hijos y su marido. La cuestión es que el marido y 3 de los hijos quieren vender, ya que el piso está vacío y supone unos gastos que paga exclusivamente el marido.La duda es si se puede vender a pesar de la negativa del hijo restante (que quiere más dinero a pesar de que las agencias tasan el piso en un valor menor) o al menos, si no fuera posible obligarle a contribuir en el mantenimiento del piso.Muchas graciasUn saludo
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Estimado consultante:Afortunadamente la ley prevé estas situaciones permitiendo a aquellos herederos que quieren vender presentar un procedimiento judicial de división de cosa común frente a los que no quieren vender, obligándoles a aceptar la venta en pública subasta del piso en común. El valor de la venta será el fijado por un perito tasador a nombrar por el juez en caso de que las partes no se pongan de acuerdo respecto a su valor y el resultado de la subasta se repartirá entre los herederos en función de su cuota hereditaria.En nuestro despacho la primera consulta es gratuita y realizamos un descuento de un 40 por cien sobre honorarios profesionales además de facilitar el pago a plazos. Pregunte por MARILUZ IGLESIAS PERAL en BUFETE AMOROS S.L.P. Calle Aparisi y Guijarro, 4 de Valencia. Telefono 963918925.Gracias.
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