6 Respuesta
El derecho de adquisición preferente al que se refiere tiene su fundamento en dar prioridad en la adquisición al comunero/s existente. Su padre es comunero por lo que mal van a poder sus hermanos -tambien comuneros- ejercitar dichos derechos de tanteo y retracto, siendo el retraído más condómino que ellos.Creo que su padre puede comprar sin temor a que los otros hijos retraigan la compraventa. Si quiere que estudie y razone profundamente el asunto no tiene más que pedirlo.
— López-Mingo