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Si a efectos de impuestos poneis un valor menor al que tiene para impuestos, debereis pagar el impuesto, conforme el valor que Hacienda le da para el impuesto. Luego venderlo por el importe que querais, pero los importes a efectos de impuestos tienen que ser los que marca la Administración. Si no os comprobarán, os resolverán y pagareis con recargo.Estamos a tu servicio para realizar el impuesto.
— LUIURIS ABOGADOS, ASESORIA JURIDICA, GESTORIA