Buenas. Trabajo realizando guardias de 24 horas como conductor de ambulancias de las que 14 horas son presenciales y 10 localizadas.Realizo 10 guardias al mes por lo que suman 140 horas presenciales y 100 localizadas al mes.La empresa me comunica que por un acuerdo no dispongo de vacaciones ni dias de asuntos propios.Mi consulta es si esto es legal.Mi contrato se rige por el convenio de transporte sanitario terrestre de Andalucia.Agradeceria me ayudarais con mi duda.Un saludo Muchas Gracias
1 Respuesta
El artículo 14 del convenio establece 30 días naturales de vacaciones. Partimos de la premisa de que las vacaciones son un derecho irrenunciable para el trabajador.Que te den información del acuerdo, para poder valorar si el lícito, pero las vacaciones son un derecho reconocido por el Estatuto de los Trabajadores, y dudo mucho que puedan eliminarse mediante acuerdo privado.Los trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal, son los únicos a los que se les puede prorratear, siempre que el contrato de puesta a disposición sea inferior a un año.Atentamente.Diego MartínGraduado Social
— Cachorro Garantía