Mi made falleció el año pasado, tenia un piso del que pagaba hipoteca a nombre de mi hermana y suyo. Al fallecer no dejó testamento ni últimas voluntades así que pasamos a ser herederas mi hermana, yo y como usufructuario su marido. El caso es que para él era su segundo matrimonio y tiene hijos de su anterior esposa. Mi pregunta es: ¿Si vendemos ese piso una vez pagada la hipoteca sus hijos pueden reclamar el dinero de esa venta a su muerte? Cabe decir que él no contribuye en el pago de la hipoteca.
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HolaPara vender, el usufructuario ha de prestar su conformidad. En ese momento él recibe la parte del precio de venta que corresponde al usufructo, por lo que después nadie puede reclamar. Si se esperan a que fallezca, no tendrán que dar nada a nadie, ya que el usufructo se extinguiría automáticamente.Tengan en cuenta que si se aplicaron alguna deducción en los impuestos, sea de herencia (ISD) sea de plusvalía municipal por tratarse de la vivienda habitual de su madre, si venden antes de cierto número de años les tocará pagar el impuesto que se ahorraron más intereses.SaludosChantal CataláCATALA ADVOCATS
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