Llevo 4 meses en el paro cobrando el subsidio de desempleo.Me ha surgido una oportunidad laboral en Alemania durante un mes ara realizar un trabajo de consultoría como freelance. Durante ese período residiré en Alemania, país en el que ya he residido en el pasado y tengo datos fiscales y cuenta bancaria.Tengo dos dudas fundamentales:1. Cómo tributar el pago. Entiendo que al ser residente fiscal en España lo tengo que pagar aquí pero no estoy seguro. También he leído que existe una exención para trabajos realizados fuera de España para empresas que no tienen sede aquí hasta n máximo de 60.001.2. Cómo afecta este cobro a mi prestación por desempleo. Se suspende durante ese mes y luego la vuelvo a recuperar?Gracias
2 Respuesta
Buenos días, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene. No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación. Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas): tlf. 645 958 948Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.Atentamente, Mercedes de Parada RodríguezAbogadaSocia del despacho LETRADOXwww.Letradox.com
— LETRADOX
Buenas tardes,Su pregunta requiere de un estudio detallado de su situación particular, y en consecuencia considero que debe ponerse en contacto con un abogado o un asesor para que responda a sus preguntas con toda la información sobre la mesa.Lo que sí le puede adelantar es que por lo que comenta, probablemente el IVA a aplicar a su trabajo sea el IVA alemán, si bien es algo que convendría confirmar realizándole una serie de preguntas.No dude en ponerse en contacto con nosotros para un asesoramiento más personalizado.Vicente & Matanzavym@vicenteymatanza.com
— VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores