Fui a juicio contra la aseguradora por un dinero que inverti en una cooperativa.Ganamos juicio y hemos hecho la ejecución provisional del capital q invertimos.los intereses aun no los hemos cobrado.Esta sentencia aun no es firme xq estamos a espera de lo q dicte la audiencia provincial,q aun tardara.A la hora de tributar,tengo que tributar ese dinero o solo los intereses?Mi pregunta es si al tributar este año tengo q tributar ese dinero,aunque no sea aun firme y aunque sea capital.Tengo entendido q solo se tributan los intereses.dnd me puedo informar?
2 Respuesta
Entiendo que se trata de dinero devuelto, por lo que no hay incremento de patrimonio y no habría de tributar.Cuestión distinta es que si se dedujo las cantidades pagadas en su día como compra vivienda o aportaciones a cuenta vivienda si que tendría que reintegrar las deducciones, si no han prescrito.Le sugiero que consulte en Hacienda directamente.
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