Hace 6 años que vivo en Barcelona con mi pareja sin estar casados ni pareja de hecho, tenemos dos hijas de 3,5 años y otra de dos meses, por varios engaños por parte de él he decidido transladarme a bilbao de dónde soy, he pedido el translado del puesto de trabajo, por supuesto me llevo a las niñas, me las puedo llevar? Me lo puede impedir el padre? Que tengo que hacer para llevarmelas?? Gracias
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Estimada consultante,No le recomiendo que se traslade con sus hijos a otra ciudad si no es habiendo hecho previamente lo que bien señalan mis compañeros, la solicitud de autorización judicial o las medidas paternofiliales, según su situación.Si se lleva a su hijo a Bilbao sin más está impidiendo al padre ejercer un derecho del padre de ver a su hijo, un derecho propio de la patria potestad, así como privando a su hijo del derecho de estar con su padre, que es lo que tienen en cuenta los Jueces. Si hace esto sin más, lo más normal es que el padre le denuncie. Personalmente, he llevado varios casos en vía civil y penal por traslados de menores sin consentimiento del padre que no se traslada.Previamente a la solicitud de autorización judicial y/o demanda de medidas paternofiliales, se podría intentar arrancar el consentimiento tácito del padre por medio de una carta extrajudicial. No es seguro que funcione pero, si lo hiciera, sería una vía más rápida (aunque menos garantista). Todo dependerá de la prisa que tenga, de las necesidades que tenga, de lo que quiera invertir en el asunto, etc.Llámenos o envíenos un email y le atenderemos gustosamente,951 71 50 41abogadoslarios@gmail.comUn cordial saludo.
— Larios Abogados
En cualquier caso hay que notificárselo al padre para acreditar la buena fe que se tiene. En dicha notificación, se puede intentar «colar» el consentimiento táctico. Cierto es que tiene riesgos de los cuales le tengo que advertir, que son básicamente, que le denuncie. Pero el hecho de que haya otorgado consentimiento táctico (si se consigue) le resta muchas armas para denunciar, puesto que ha prestado, tácitamente, su consentimiento a dicho traslado.Respecto a los plazos, esto se resolvería en el tiempo que se le dé en la carta para contestar (salvo que se oponga por escrito). Si hay que acudir a la autorización judicial, es cierto que no es un procedimiento que se alarga mucho en el tiempo, pero ya no le puedo indicar el plazo que llevaría porque depende del Juzgado y del ritmo de trabajo que lleve.
— Larios Abogados