Buenos días;Soy trabajadora de una empresa que se va a disolver. Los administradores van a partir los clientes y van a continuar con el negocio pero cada uno por su lado. Nos van a despedir por un despido de causas objetivas con una indemnización de 20 días por año de servicio. ¿Es legal? o por el contrario tendrían que despedirnos con despido improcedente
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Hola, buenos días.El procedimiento que se debe seguir es de un despido colectivo, La indemnización está bien, de 20 días. No ostante, si tienes sospechas que el negocio puede ser trabaspasdo o se va a continuar (parace que eso le he entendido) sería interesante valorar la situación para una posible demanada, ya que la disolución se debe atener a criterios de objetividad y no por conveniencia de los socios.Ten presente que en caso de demandar, tienes 20 días desde que se produjo el despido.Para cuaquier aclaración o asesoramiento, puedes contactar conmigo a través de 644 617 648 (whatsapp).Saludos.
— DMJusticiaSocial
Estimado consultante:Con la información que me proporcionas, a falta de conocer los detalles, la empresa debería realizar un ERE por liquidación de empresa siempre y cuando los trabajadores despedidos sean más del 10% de la plantilla en empresas de 0 a 100 trabajadores, siendo la indemnización de 20 días por año de servicio. Si no guardan esta regla el despido sería improcedenteSi los trabajadores despedidos son menos de dicha cifra el procedimiento es el correcto, despidos objetivos.Ahora bién se podría estudiar si hay sucesión de empresa en cuyo caso el despido si sería improcedente pero con la información que me proporcionas no puedo asesorarte sobre esta posibilidad.Si quieres contacta con nosotros telefónicamente y te atenderemos gratuitamente. Pregunta por mariluz iglesias en BUFETE SERRANO IGLESIAS SLP, 683611527
— BUFETE SERRANO IGLESIAS