2 Respuesta
Buenos días,en el momento que firmó su contrato, la Ley de arrendamientos urbanos establecía una duración mínima de tres años para los contratos de arrendamiento de vivienda. Los contratos de arrendamiento de vivienda que se celebran por 11 meses suelen estar celebrados en fraude de Ley (contrato de arrendamiento por temporada) para eludir la aplicación del artículo 9 de la LAU. Lo importante es la intención de las partes a la hora de celebrar el contrato. Bajo mi punto de vista, su contrato se prorrogará hasta alcanzar como mínimo los 3 años. No firmaría el nuevo contrato. Esta es mi opinión personal, para darle una opinión perfectamente fundada tendría que estudiar la redacción completa de su contrato. Espero haberle sido de ayuda. Saludos
— INSOLVENIA