Tras fallecimiento de nuestro padre dos de sus hijos optamos por renunciar a nuestra condición de herederos, mientras que los nueve restantes la aceptaron. ¿a la hor Tras fallecimiento de nuestro padre dos de sus hijos optamos por renunciar a nuestra condición de herederos mientras que los nueve restantes la aceptaron. La minuta notarial fue conjunta, pero…..¿realmente los que renunciamos nos corresponde abonar la misma tarifa que los que aceptaron la herencia valorada en unos 88.000 ? Creo que la tarifación depende en parte de la cuantía de la herencia implicada pero…. ¿los que no percibimos nada por renuncia también nos afecta esa cuantía? Si no fuera así, ¿cuál o cuánto sería la tarifa aplicable? Gracias