Tengo 4 preguntas.Mi tarjeta pone autorización de residencia y trabajo temporal (segunda renovación).Dentro de nada tendré que renovarla. Será larga duración, verdad?- Hoja de solicitud es EX 11?- Cuales son las tasas para ir al banco a pagar? Hay 3tipos de tasas, verdad? Me dices cuales hojas tengo que imprimir.- El año pasado trabajé solo 6meses cada día 2horas. Y este año no trabajo. Es posible conseguir la tarjeta de Larga duración? Estoy preocupada…- Tengo que llevar el pasaporte 5años pasado? Lo digo porque hace 4años caducó y lo cambié.Espero tu contestación. Saludos,
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Buenas tardes, Tendrá derecho a obtener una autorización de residencia de larga duración tras cinco años de residencia legal y continuada en España. Esta tarjeta le autorizará a residir y a trabajar indefinidamente en España.Los requisitos, la documentación y el procedimiento le vienen bien explicados y detallados en la página del Ministerio (http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja046/index.html). Efectivamente el impreso de solicitud en modelo oficial es el EX 11 y respecto a la tasa a abonar es el modelo 790 código 052 epígrafe 2.6, con un importe de 20, 81.Para obtener la residencia de larga duración no es necesario acreditar medios económicos (ya que se concede automáticamente por residir de forma continuada durante cinco años en España), a no ser que quiera solicitar la residencia de larga duración – UE, la cual le permite además de residir y trabajar en España, la posibilidad de obtener autorización de residencia/ residencia y trabajo en otros Estados miembros de la UE, según las condiciones establecidas por cada Estado.Puede recurrir a nosotros para resolver cualquier problema o duda que le surja con respecto a éste tema. Contacte con Satisfacción Legal en el teléfono 96 369 52 50 o visítenos en la web www.satisfaccionlegal.es .Recuerde que la primera consulta es gratuita.
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