Una pareja casada en separación de bienes tiene constante el matrimonio una cuenta común de la que mensualmente se transfieren cantidades a una cuenta privativa del esposo y sus padres para pagar una hipoteca de un pido inscrito registralmente antes del matrimonio a nombre del esposo y sus padres. Tras el divorcio, puede ella pedir la mitad de lo que se abonó a través de la cuenta común?
2 Respuesta
Tal y como lo plantea, y faltando otros detalles muy importantes para el caso, si la cuenta es común, después del matrimonio se ha de hacer el reparto oportuno; incluyendo las cantidades a cuenta que se pudieron «prestar» o transferir a otras finalidades. Por lo tanto, en principio sí. En cualquier caso, como usted sabe, en Derecho se puede defender un posición…y la contraria, y finalmente gana quien tenga unos mejores argumentos jurídicos a favor. Le invito a que analicemos su caso en nuestras oficinas de Madrid capital o Alcalá de Henares. Un saludo, Mercedes de ParadaAbogadaLETRADOXtlf. 645 958 948
— LETRADOX