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Apreciado usuario, si la vivienda no es sólo de su pareja no le aconsejo seguir en el uso de la misma, o bien, pueden negociar un plazo hasta que encuentre otra vivienda, aunque la guarda y custodia del menor conlleve mantenerse en el domicilio familiar, será un foco de conflictos a corto plazo.En este caso hay otro propietario y el derecho de propiedad prima ante un uso atribuido en familia.Mi consejo es pactar un plazo y dejar la misma, y a la vez regular en vía judicial las medidas en cuanto al menor.Cualquier duda pida cita previa, primera consulta gratuitaUn cordial saludoMARIA DEL MAR SEGURASEGURA ABOGADOS647958315
— Segura Abogados
Buenas tardes,Aunque ustedes no estén casados ni sean pareja de hecho, no es impedimento a que pueda ejercitar sus derechos y los de su hijo. Puede solicitar igualmente una pensión de alimentos así como el uso de la vivienda para su hijo.Debería ponerse en manos de un profesional e intentar:a) negociar las condiciones a través de un convenio regulador (vía amistosa y más económica)b) Interponer demanda solicitando las medidas para su hijo que considere oportunas.A su disposición para cualquier duda.Gómez & AsociadosAbogados/Asesores971.466.192/ 626.444.073info.gomezasociados@gmail.com
— Sara Gómez Abogados
Hola! Al consumarse una ruptura con un bebé de por medio, es indiferente que estén o no como pareja de hecho o no estén casados, ya que tanto si es por vía amistosa como si no, hay que regular la custodia del bebé, que en circunstancias normales sería para usted, un régimen de visitas para el padre, progresivo en función de la edad del bebé, el uso del domicilio, que se adjudica al menor, y una pensión de alimentos para cubrir sus gastos. Quedo a su disposición para más información y concertar una primera visita (gratuita) en mi despacho.Cristina Cáffaro Font Abogada y Mediadora FamiliarBufete Coca y AsociadosC/San Miguel, 63, 1º07002 – Palma de Mallorca Teléf.:971.71.82.11/71.37.63 Móvil: 640 22 39 10 Fax: 971.71.82.56 http://bufetecoca.com/
— CRISTINA CAFFARO FONT ABOGADA