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Buenos días, Montse. Coincido con mi compañera en que hay que ver lo que pone la sentencia. De todos modos, para que el niño pueda hacer actividades extraescolares, tenéis que estar de acuerdo los dos en que la haga, en pagarla y en llevarle. De no ser así, me temo que el padre pueda llevar razón. Consulta con un abogado para que determine que hacer en función de la sentencia que tengáis. Si no hay ninguna, es el momento de regular vuestra situación. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano
Buenas noches: Si se trata de una separación de hecho sería necesario regular su situación y firmar el correspondiente convenio de divorcio o de regulación de medidas paterno-filiales, y en caso de no lograrse un acuerdo, se deberá instar el correspondiente proceso contencioso. Si ya esta regulada su situación, y existe un incumplimiento en las medidas acordadas, se deberá instar la correspondiente ejecución de sentencia. Si necesita más información puede contactar conmigo: Jordi Calvo, abogado ACCUO ASSESSORS & ADVOCATS Gran Vía Corts Catalanes 594, 6º-2ª, Barcelona tel: 686898917
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