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En principio las donaciones en vida pueden hacerse libremente por tus padres. Pero ten en cuenta, que salvo que exista causa de desheredacion y puedan probarlo, a ti te corresponde por Ley una parte de la herencia de tus padres. Y pese a que en vida lo están poniendo a nombre de tu hermano, traerás a colación dichos inmuebles en el caso de fallecimiento.Saludos.
— LUIURIS ABOGADOS, ASESORIA JURIDICA, GESTORIA