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Estimada consultante.Si nos envía el parte de accidente y el atestado policial podríamos informarle con precisión de la posible condena a imponer pues la misma depende de las circunstancias agravantes o atenuantes del caso.En nuestro despacho la primera consulta es gratuita y después realizamos un descuento del 40% sobre honorarios profesionales.Puede mandarme la documentación escaneada a mariluziglesias@bufete-amoros.com. Y le daremos respuesta gratuita.Gracias por confiar en este despacho
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Buenos días,Le recomendamos que contacte con un abogado para que pueda asesorarle en el caso concreto, puesto que son muchas las circunstancias que pueden haberse dado y de cuya información carecemos, pero sí podemos decirle que sería de aplicación el artículo 384 del Código Penal para los casos de conducción sin vigencia del permiso en concurso posiblemente con otro delito contra la seguridad vial, dependiendo eso ya de si su conducción fue temeraria o no o superó la velocidad permitida.También es muy probable que en su caso se aprecie reincidencia, lo cual supondría un incremento de pena, concretamente la aplicación de la mitad superior de la pena a imponer en base a los delitos cometidos.Como le comentamos, es necesario que solicite los servicios de un abogado a la mayor brevedad posible para que pueda estudiar su caso y negociar que se le aplique la pena menos grave.Puede recurrir a nosotros para resolver cualquier problema o duda que le surja con respecto a éste tema. Contacte con Satisfacción Legal en el teléfono 96 369 52 50 o visítenos en la web www.satisfaccionlegal.es .Recuerde que la primera consulta es gratuita.
— SATISFACCIÓN LEGAL