Trabajo desde hace un mes con mi empresa, en mi contrato firmé que finalizaba el mismo por «acumulación de tareas» el día 04/03/2015.Cual es mi sorpresa, al entregarme el cuadrante del mes y ver que termino mi jornada laboral a las 07:00 del dia siguiente de la finalización de contrato, ya que estoy en el turno de NOCHE el dia 04/03/2015.Cómo puedo trabajar sin contrato laboral por extinción de este a las 00:00 del día 04/03/2015 hasta las 07:00 del día siguiente, que ya es día 05/03/2015?En caso de accidente a partir de las 00:00, del dia 04/03/2015, que a todos los efectos es dia 05/03/2015 me cubre el seguro de la Mutua ?La ley me ampara al trabajador o a la empresa en este caso?Gracias de antemano y espero pronta respuesta.Un trabajador por cuenta ajena.
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