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Estimados Trabajadores,No hace falta representación sindical para una modificación/variación sustancial de las condiciones de trabajo, lo único que dependiendo del tipo contrato de trabajo podéis aceptar o no dichas condiciones y ser indemnizados. La Comunidad de vecinos que es vuestro empleador tiene potestad legal para modificar condiciones de trabajo.Saludos.
— Gabinete Jurídico G & G