En un tiempo podría cambiar mi residencia a Suecia. Allí, según me cuenta mi pareja, el estado paga una cantidad fija por niño, incluso en caso de separación/divorcio aun cuando la madre o padre quieren renunciar a ello. Mi pregunta, ya que mi interés sería renunciar a cualquier pensión del Gobierno sueco(o del padre), es la siguiente: en caso de volver yo a España con el futuro niño, por el motivo que sea(divorcio, o simple cambio de residencia para mí), estaría un contrato privado firmado por el padre y yo, donde constara que renuncio a ese dinero, por encima de esa ley de protección sueca que me enviaría dinero? De ser así, cual sería la forma de hacerlo bien, y legal claro: a través de un contrato, de un acuerdo prenupcial,?Gracias de antemano y un saludo,
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Hola Diana,Muchísimas gracias por la rápida respuesta. Has entendido bien. Y si yo he entendido bien también lo mejor sería formar ese comvenio una vez se produjera la separación/divorcio? Lo dogo porque nuestra intención es que conste por escrito (y legalmente) antes del posible matrimonio y del hijo(que aún no existe). Cual sería la forma de establecer esto previamente? Tengo entendido que los acuerdos prenupciales tienen sentido cuando hay dinero y capital de valor por medio (que no es nuetro caso), y no sé por medio de una boda civil se puede llegar a etablecer alguno de estos acuerdos previos… O a lo mejor con un simple contrato privado, no? Qué me recomiendas?Espero que tenga sentido lo que estoy contando y me puedas asesorar.Muchas gracias de nuevo,Eva
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