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Exactamente eso es lo que le quiero indicar, ya que la renuncia simple no supone ningún tipo de impuestos, pero como le indico, si renuncia en favor de alguien determinado, se dan dos figuras jurídicas, una que ha heredado, puesto que si no es así, no puede dárselo a un hermano determinado, que es donde tenemos la segunda figura jurídica, que es al donación. Esto origina dos impuestos, uno en usted, el de sucesiones, y otro en su hermano que es el de donaciones, con el incremento que le indique por tratarse de colaterales de segundo grado.Es un tema que eh tratado con mucha frecuencia porque he sido oficial de notaria durante más de 40 años, y en las notarias este es un tema habitual.Si desea cualquier aclaración puede ponerse en contacto con el despacho, en el teléfono que leí dique 915343572, donde le atenderé y tratare de aclare cualquier dud?Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez