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Hola, tengo una duda que paso a relatar. Mis hermanos y yo ( 3 en total ) somos propietarios del 50% de una finca rústica, el otro 50% es otra parte (5 personas más ).De cara al Catastro de Rústica, cada una de las partes propietarias tiene registrado su 50% y paga su recibo de contribucion por ello, pero al querer registrar cada parte propietaria su 50% ante el Registro de la Propiedad, nos dicen que por ser una finca indivisible según la Normativa vigente en Castilla y León, no puede registrar cada parte su tanto por ciento de propiedad. Hicimos un tracto sucesorio por falta de testamento de los anteriores herederos, por nuestra parte nuestro padre y nuestra abuela y por la otra parte su padre. Que opción nos queda para registrar y posteriormente vender nuestra parte o en total , pues la otra parte tambien quiere vender. Un saludo