Buenas noches, hay un tema que me preocupa bastante por ignorancia y por sus posibles consecuencias. Tengo planeado contraer matrimonio con una ciudadana rusa en territorio de la Federación Rusa, y luego registrarlo en el Registro Civil español. Luego la idea es que la residencia habitual común sea en Barcelona. Tenía pensado que firmáramos un acuerdo prematrimonial dejando claros todos los temas pero ella se ha negado. Un tema que me preocupa bastante por ignorancia y por estar nuestra unión no exenta de problemas, es el siguiente: – en principio, ¿el régimen económico que regulará nuestro matrimonio sería el de Cataluña (separación de bienes)? – en caso de divorcio, ¿el régimen económico que lo regularía sería también el de Cataluña? – ¿Podría ella en ese caso irse a vivir a Rusia y desde allí plantear una demanda y acogerse al derecho ruso? Muchas gracias!
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Buenas noches Sr. Joan. El derecho matrimonial en este caso es dispositivo por lo que las reglas que rigen el régimen económico es del lugar donde se contrae matrimonio. Por ello y a tenor de su pregunta, desprendo que se quiere casar en Rusa con el régimen y según el rito que contemple el Derecho Ruso. Por ello en caso de divorcio se regirá por lo establecido en dicho Derecho. la otra opción es que Uds contraigan matrimonio en el consulado Español en éste caso se regirá por el derecho español y en concreto si deciden vivir en Barcelona según el régimen económico del Derecho Civil de Catalunya. Espero haberle ayudado, si tiene cualquier otra cuestión, no dude en ponerse en contacto conmigo con total libertad y sin compromiso. Saludos. Att. Marc.
— MG-Abogado.