Soy propietaria de unas acciones de una sociedad limitada de origen familiar que se dedica a la gestión de unos inmuebles.Tengo intención de casarme en regimen de gananciales. A mi familia le preocupa la posible intervención de una persona ajena a la familia en el caso de que nos divorciasemos y mi marido obtuviera el control de alguna forma de las acciones de la sociedad.Muchas gracias
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Buenas tardes,En relación a la consulta de referencia y visto que no van a contraer matrimonio en régimen de separación de bienes (solución que desde la perspectiva de la preocupación de su familia es más favorable), habría que saber como adquirió dichas participaciones sociales.En caso de haberlas adquirido por herencia o donación, estarían protegidas, en caso de compraventa de las mismas, sería más complicado si contraen matrimonio en régimen de sociedad de gananciales.Quedamos a la espera de cualquier aclaración que pudiera necesitar.Atentamente, ABR
— ABR Tax & Law
El hecho de contraer matrimonio en régimen de gananciales no quiere decir que los bienes anteriores adquiridos antes del matrimonio se conviertan en gananciales, ya que siguen siendo privativos, por lo que las acciones que usted tiene siguen siendo privativas de usted, y su marido no puede intervenir en la administración de las mismas, salvo que usted le otorgue un poder. No obstante, mi consejo es que otorgue unas capitulaciones matrimoniales, antes del matrimonio, por el que pacten la separación de bienes.Dichas capitulaciones también se pueden otorgar después del matrimonio.Para cualquier otra consulta o aclaración nos tiene a su disposición en el despacho.Un afectuoso saludo
— Sergio Padrós Gómez
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— LETRADOX