En el 2002 se solicitó de la administración una pensión de orfandad, siendo denegada y recurrida. La administración desestimó el recurso y la notificación abrió el plazo de dos meses para presentar recurso contencioso contra la misma. No se hizo, siendo por tanto firme y consentida.En el 2014 se ha vuelto a solicitar nuevamente la pensión de orfandad presentando documentación que acredita todos los requisitos para obtenerla y que no se presentaron en el 2002. Estos certificados ya obraban el poder del interesado pero no se tenía conocimiento de los mismos.No han aceptado la solicitud por entenderla resuelta, ni siquiera resulven, no la admiten. Hemos recurrido en alzada pero han sesestimado, vuelven a abrir plazo para presentar recurso contencioso. La pregunta es: ¿hay alguna posibilidad de que un juez la considere como nueva solicitud?¿habría alguna posibilidad de estimación?
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