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Buenos días,Entiendo por su pregunta que nos encontramos ante una solicitud de rectificación de IRPF como consecuencia de un error material/conceptual en la formalización del IRPF. En tal caso señalarle que :1.- La renta 2009 está prescrita (4 años a partir de mayo-junio 2010). 2.- La del 2010 prescribe este año.3.- 2011 y 2012 sin problemas.No obstante lo major es concertar una entrevista con nuestra firma para poder comentar en detalle su caso.91.151.71.13www.ldcabogados.com
— Larrotcha y Del Campo Abogados
Buenos días, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene. No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación. Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas): tlf. 645 958 948Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.Atentamente, Mercedes de Parada RodríguezAbogadaSocia del despacho LETRADOXwww.Letradox.com
— LETRADOX