Soy una persona sin recursos, y sospecho que me quedare sin nada.hace tres años y medio que mi padre fallecio.el dia en que el notario citó para la lectura del testamento no estube presente,por tanto,desconozco el resultado del mismo.mi madre aun vive y recibe una pension de viudedad la cual se ve reducida si mantiene la actividad economica que mi padre tenia,esto es,si cotiza en la ss.ss. su prestacion reducira en funcion de los beneficios.lo que sucede es que para evitar una bajada de su prestacion por viudedad,decide que es mejor desvincularse de la empresa,llegado el momento, propongo que,como debe desvincularse de la empresa,ésta pasara a titulo de los dos hijos capacitados en un 50/50(un tercero tiene incapacidad permanente)y recibe su prestacion,para asi cada uno de los herederos o legatarios o como se denomine,tenga la oportunidad de subsistir.la solucion por la que mi madre opta es por «quitarse» de la empresa,dar pleno poder a mi hermano,y en consecuencia, evitar asi toda influencia de mi parte en la empresa.Mi hermano considera que como el beneficiario es el,tambien es el dueño de la cuantia a heredar,(inmuebles terrenos liquidez).Cabe destacar que su nombramiento no me parece del todo leal,porque considero que no estamos en condiciones iguales,mi pregunta es.¿esa decision de obviarme como beneficiario,es justa?a mi me hubiera gustado poder tener una de las tres propiedades para poder trabajar,no quiero compensacion economica ni nada de eso,solo un reparto justo,porque el trabajo remunerado es un derecho. ¿cual es mi obligacion como heredero legitimo?¿tengo derecho a reclamar un reparto equitativo de la legitima?de ser asi,¿donde deberia de dirigirme para tramitar dicho requerimiento?Pueden mi madre y el resto de hermanos,con los que no mantengo una sana relacion,administrar los bienes y activos que quedaron.Una persona desesperada
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Su derecho a participar y disponer del tercio de legítima, dada su condición de heredero forzoso, es indiscutible. El resto de derechos que puedan corresponderle en la herencia dependerán de lo que al respecto disponga el testamento, cuyos términos dice Vd. desconocer; pero que se encuentra a su disposición en la Notaría en la que fue otorgado por su padre, previa exhibición de las Certificaciones de Defunción del mismo y del Registro de Actos de Última Voluntad.Para la aclaración de cualquier duda y actuar de la forma más conveniente, sírvase ponerse en contacto con este Despacho sito en calle del Castillo, Nº 48, 1º, Sta-. C. de Tfe.- Tlfns.: 922272402 y 922274891.
— Abogado José-Ismael Rodríguez Álvarez