Mi Empresa hizo un despido colectivo y readmisión posterior y se llegó a un acuerdo ante la Audiencia Nacional y ratificado en los Juzgados de lo Social dándole a la Empresa todo lo que pedía , entre otras, una reducción de masa salarial del 34% que se individualizaría entre un 31,5% al 36,5%, una reducción de trabajadores de 210 a 140 empleados y cumplimiento de nuestro convenio salvo en el punto de salarios.Transcurrido todo el año 2013 la realidad es que hay solo 100 trabajadores, no quisieron volver mas compañeros por desconfianza y la Empresa no ha contratado los faltantes, algo que decía el acuerdo , y es evidente que si sale la producción estimada no van a contratar a nadie mas pero a pesar de incumplir el acuerdo en un 1/3 de trabajadores menos, de 140, no han bajado el porcentaje de reducción de masa salarial estipulada en un 34%, tampoco la han individualizado, en mi caso me corresponde un 31,5%, no cumplen ningún punto de nuestro convenio, repito ningún punto:Ante esta situación insostenible he denunciado ante la inspección de trabajo varias irregularidades y me dirijo a vosotros para que me digáis si ante este incumplimiento total de la Empresa de lo pactado:¿Puedo denunciar a la Empresa ante lo Juzgado de lo Social por reclamación de cantidad en lo que se refiere a las cantidades descontadas, el 34% indicado, que suma a final de 2013 más de 9.500 euros por incumplimiento de los acuerdos de este año y exigir el cumplimiento del mismo para el año 2014 o devolución de las cantidades surgidas durante el 2014?.Os agradecería estudiases este caso si se puede hacer la reclamación de cantidad expuesta porque en lo Civil se que si no se cumple un contrato puedes reclamar la devolución pero al ser un tema laboral lo desconozco y en caso afirmativo decidme una direccion para llevarles la documentación y vea las posibilidades
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Estimado Sr, un caso tan complejo como el suyo por escrito y sin ver la documentación, es difícil darle una respuesta concluyente. En principio las Sentencias de los Juzgados son títulos ejecutivos y como tales de obligado cumplimiento, tendríamos que ver el convenio colectivo de la empresa en conjunto para ver si hay supuesto de incumplimiento. El tema salarial de las cantidades descontadas del 34 % , habría que ver si está limitida a alguna condición, porque me temo que no podrías reclamar y no entendemos porqué te correspondería un 31.5 %.Puede que la diferencia entre un 31,5 % a un 34 % sería lo que podrías reclamar por cantidad salarial indebidamente descontada . Te recomiendo que si lo deseas te pongas en contacto con nosotros por teléfono 913861929 o email que viene en nuestra web, mándanos el Convenio aprobado por la A.N, búscanos por Internet.
— Gabinete Jurídico G & G