estamos casados 17 años con un hijo de 14, yo no trabajo ahora, estamos en reguimen de bienes ganaciales, el piso esta a nombre de el pero se termino de pagar una vez casados, yo cambien de ciudad y no tengo ningun tipo de arraigo una vez roto mi matrimonio, me gustaria volver a mi ciudad donde tengo mi familia, y escolarizar alli a mi hijo, ya que su padre tiene un trabajo en el cual de lunes a viernes no esta en casa y no puede ocuparse del menor. mis preguntas son: puedo llevarme a mi hijo conmigo, me corresponde algun tipo de pension compensatoria, me corresponde algo de la vivienda que hemos comparido hasta ahora, de que manera se reparten los bienen adquiridos asta la fecha de separacion. gracias de antemano.
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Faltan muchos datos necesarios para contestar con propiedad a sus preguntas. Usted puede solicitar el divorcio indicando que se va a mudar de domicilio, y el juzgado valorará si el cambio puede resultar perjudicial para su hijo (cuanto más lejos se marche mayor riesgo de una resolución contraria). Puede tener derecho a pensión compensatoria, pero dependerá de su edad, de su nivel de estudios y experiencia laboral.Le corresponde una compensación por la parte de la vivienda pagada después de la boda.Los bienes adquiridos después de la boda se reparten de mutuo acuerdo o dividiendo el valor por mitades iguales.Eduardo Llarenawww.asistencialegal.net
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