estamos casados 17 años con un hijo de 14, yo no trabajo ahora, estamos en reguimen de bienes ganaciales, el piso esta a nombre de el pero se termino de pagar una vez casados, yo cambien de ciudad y no tengo ningun tipo de arraigo una vez roto mi matrimonio, me gustaria volver a mi ciudad donde tengo mi familia, y escolarizar alli a mi hijo, ya que su padre tiene un trabajo en el cual de lunes a viernes no esta en casa y no puede ocuparse del menor. mis preguntas son: puedo llevarme a mi hijo conmigo, me corresponde algun tipo de pension compensatoria, me corresponde algo de la vivienda que hemos comparido hasta ahora, de que manera se reparten los bienen adquiridos asta la fecha de separacion. gracias de antemano.
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Buenas tardes:Todas esas cuestiones que Vd pregunta hay que reflejarlas en un Convenio Regulador, no sé si esta cuestión la quieren hacer Vds de manera amistosa lo que les aconsejo, para evitar excesivos costes y es menos traumático. Hay que liquidae ee régimen económico ganancial también. Para cualquier duda, puede ponerse en comunicación con éste bufete. Un saludo
— Enrique González León