1 Respuesta
Buenas tardes, la emancipación puede realizar por escritura pública ante Notario e inscripción posterior en el Registro Civil, por matrimonio (directamente) o por concesión judicial en los casos que prevé la ley. En tu caso, imagino que pretenderás obtenerla por la forma más rápida que no exige nada concreto, es decir, por escritura pública. Suele ser rápido, ya que simplemente tendrías que acudir al Notario con tus padres y realizar dicha escritura.No obstante, si necesitas algo más puedes llamarme al teléfono 638 28 99 67 (María Vidal). Un saludo.
— MARIA VIDAL ABOGADA