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Hay varias maneras de configurar lo que queréis hacer, una sería que los socios arrendasen las viviendas a la sociedad y que ésta las explotara. No obstante la problemática más que mercantil es fiscal.El IVA en viviendas de tipo turístico está dando muchos quebraderos de cabeza, por lo que deberías tener muy claro el planteamiento desde el principio.Nuestra asesoría está especializada en derecho de arrendamientos y turísticos, os dejo nuestro email por si queréis un estudio pormenorizado: info@gracianiasesores.com
— Graciani Asesores
Buenos días, para llevar a cabo un alquiler turístico es necesario analizar los pormenores del contrato para ver si se rige por la ley de arrendamientos urbanos, y de que manera además de unos requisitos y pasos a seguir. si están interesados podemos concertar una cita sin compromiso alguno y analizar todos los términos.Tlf de contacto; 699646398Saludos.
— tejon abogados