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Estimada María José,Frente a esta irregularidad, caben dos actuaciones conjuntas:1. Denuncia ante la Inspección de Trabajo: Con esto se consigue que la Inspección lleve a cabo las averiguaciones oportunas y tras ellas, de un lado, sancione fuertemente a la empresa y, de otro, le «reintegren» a usted ese tiempo no cotizado como tiempo cotizado.2. Demanda ante el Juzgado: Dice la Ley que cuando se contrata a un trabajador y no se le asegura, el trabajador automáticamente es trabajador indefinido. De modo que si usted no sigue trabajando en la empresa, podría lucharse por el despido improcedente como trabajador indefinido, que es mejor que como trabajador temporal, por razones obvias. Además, se puede reclamar conjuntamente la nómina o las nóminas que le deben, incrementadas en un 10% de interés por mora conforme al artículo 29 del ET.Le facilito nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte y le ampliaremos información:951 71 50 41www.lariosabogados.esReciba un cordial saludo.
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