1 Respuesta
Buenas tardesQue te podrían acusar de un delito de falso testimonio. El tipo básico es el falso testimonio en causa judicial (art. 458.1), cuyos requisitos son los siguientes:a) El testimonio, esto es, la declaración positiva o negativa que, por persona hábil, se emite ante juez competente sobre percepciones sensoriales recibidas por el declarante fuera del proceso en que depone, relativa a un hecho pasado y dirigida al fin de la prueba.b) La causa judicial comprende cualquier tipo de proceso, penal, civil, laboral o contencioso-administrativo. No es causa judicial la seguida ante la jurisdicción eclesiástica. El falso testimonio en procedimiento judicial militar está incriminado en la legislación especial.c) La falsedad en la declaración, que comprende tanto la objetiva discordancia entre el testimonio y la realidad, como la subjetiva contradicción entre lo que el testigo declara y lo que conoce, por haberlo visto u oído. Desde luego, no comete este delito quien declara algo que es objetivamente cierto, por muy convencido que esté de su falsedad. Pero tampoco comete el delito -no es culpable- quien depone falsamente creyendo en la veracidad de su declaración.La falsedad puede ser total o parcial, siempre que afecte sustancialmente a la verdad. Del mismo modo, las alteraciones de la verdad pueden efectuarse tanto con declaraciones de carácter positivo como negativo. Por último, la falsedad puede ser tanto absoluta como relativa.La pena es de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
— MBO ABOGADOS