14 Respuesta
Muy buenas:Para tratar este asunto le rogaria se pusiera en contacto con el despacho a través del correo davidvelazquezdominguez@gmail.com o también a través de los teléfonos 954780047/652394446Le atenderé en horario de 9.00 a 14.00 y de 16.30 a 19.30 horas.David Velázquez DomínguezLetrado.
— VD ASESORES SL
En las nóminas es inembargable el equivalente al SMI, y respecto al exceso, el equivalente al segundo SMI sería embargable en un 30 %, si todavía hay exceso, el equivalente al tercer SMI sería embargable en un 50 %, y así sucesivamente. Y en cuanto a la vivienda, aunque esté hipotecada, se puede embargar. Otra cosa será que pueda no interesar al acreedor solicitar el embargo, ya que adquiriría la deuda garantizada con la hipoteca, pero sí que es posible embargarla.
— Talavera Saldaña Abogados
Buenas tardes.Me imagino que si ha dejado de pagar los préstamos, estarán llamándole por teléfono sin parar tratando de que pague y amenazándole con reclamarle judicialmente. Aparte de esto, lo que puede llegar a pasarle es que le incluyan en un fichero de morosos, lo que en la práctica significaría cerrarle por completo el acceso a cualquier tipo de financiación que pueda solicitar, y también podrían presentarle una reclamación judicial. Mi consejo sería que si fuese posible, tratase de alcanzar un acuerdo con las financieras en cuestión para intentar encontrar una forma de pago que usted pueda cumplir.
— Talavera Saldaña Abogados