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Buenas tardes, Si realmente tiene esa deuda con la entidad bancaria tiene dos opciones: la primera es hablar con el banco para llegar a un acuerdo sobre la cantidad y poder pagarla poco a poco antes de que llegue al juzgado y puedan reclamarle además intereses y costas del procedimiento.La otra opción es esperar a llegar al procedimiento judicial y bien contratar a un abogado a fin de que se oponga a la demanda o acudir al Colegio de Abogados para que le designen uno del turno de oficio, que le saldrá gratis (siempre y cuando no sobrepase los 15000 euros anuales).Considero que la segunda opción es la más recomendable para su caso, pues cuanto más tarden ellos en cobrar la deuda más descuento le podrán hacer, además normalmente aplican unos intereses abusivos que seguramente serán reducidos por el juez. En el caso de que tuviera una sentencia que le condene al pago de la deuda contraida, si no supera el salario mínimo interprofesional el banco no podrá embargarle el salario, aunque sí las cuentas corrientes.Espero haberle podido aclara alguna de sus dudas, si necesite que le aconsejemos sobre su caso en concreto o ampliemos la información, puede contactar con nosotros en la página web www.dianalegales.com, en el correo electrónico info@dianalegales.com o a través del número de teléfono 616852968.Mucha suerte!Saludos,Diana Lladró
— Diana Legales Abogados