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Buenas noches. Si usted no quiere vender por el precio que su hermana está dispuesta a pagarle no tiene la obligación de vendérselo. Si quiere que hagamos un estudio de su asunto puede concertar cita en nuestro despacho. Le remito mis datos:Cristina Amor BarradoTel: 634742711.Un saludo.
— Abogados Ortega y Gasset
Buenas noches.Usted no tiene por que vender a su hermana la parte que le corresponde de la herencia de sus padres.En el supuesto de que quiera vendérsela, es usted quien tiene que poner el precio de la venta, ya que es sabido que el valor catastral esta por debajo del valor de mercado, que es es el que debe pedir.Puede ocurrir que su hermana no quiera estar con usted en un proindiviso, en cuyo caso tendrá que interponer una demanda judicial para la extincion de ese proindiviso.Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572, donde se le asesorará debidamente, ya que he sido más de 40años oficial de notaria y salte ha sido siempre un tema habitual.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez
Uno de los derechos del contribuyente que establece la Ley que existe al efecto, es conocer el valor que las Administraciones Públicas van a otorgar a los bienes que van a ser objeto de tributación. Solicite la valoración administrativa de los bienes que va a vender a su hermana, y propongala que se declare el valor «oficial» en la venta. Se evitarán problemas las dos. Si existe alguna diferencia (que será poca) no puede transcender. Tlfno 914029750
— López-Mingo