Hola , tengo un taller de relojería, haciendo inventario, tengo gran cantidad de relojes que no han venido ni a pagarlos ni a retirarlos. Quisiera saber cuando la ley me permite disponer de la mercancía, así como la ley que me respalda. He visto que al mes, ya puedo cobrar almacenaje. Hasta cuando debo guardar los relojes no entregados?Gracias
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