Hola, en mi comunidad somos 97 vecinos, teniendo el garaje las correspondienes plazas para coches escrituradas a cada propietario y 22 plazas para motocicletas, de caracter y uso común y sin escriturar a ningún vecino, divididas en dos pisos (11 por piso). Una de las propietarias que tiene su plaza de coche adyacente a estas plazas, manifiesta que ha sufrido supuestos desperfectos que han podido ser causados al acceder las motos a estas plazas. Esta propietaria ha propuesto como punto para la junta de propietarios el prohibir el acceso y aparcamiento de motos a estas plazas de caracter común y habilitadas a tal fin. Mi pregunta es, ¿es esto legal?, ¿la comunidad puede por votación en junta denegar el acceso de los vecinos con motocicleta a estas plazas, cuyo mantenimiento es de caracter común?, ¿cabría la posibilidad de interponer algún recurso legal en caso de que la comunidad negara el uso de estos aparcamientos a los vecinos implicados?, en tal caso, ¿en que fundamentos legales podría apoyarse?. Muchas gracias y un cordial saludo.
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En primer lugar habría que ver la escritura de División Horizontal, para ver en calidad de qué están esas plazas de garaje, y para el supuesto de que en la citada escritura no se contemplara la existencia de esas plazas para uso común, el Acta de la Comunidad donde se acordó permitir el aparcamiento de las motos. Ningún propietario puede impedir el uso a los demás propietarios de un elemento común y para el supuesto de que en Junta se acordara el prohibir el aparcamiento de las motas, se tendría que estudiar que mayoría requiere el citado acuerdo.
— Abogadas Asociadas Castellana