Hola, en mi comunidad somos 97 vecinos, teniendo el garaje las correspondienes plazas para coches escrituradas a cada propietario y 22 plazas para motocicletas, de caracter y uso común y sin escriturar a ningún vecino, divididas en dos pisos (11 por piso). Una de las propietarias que tiene su plaza de coche adyacente a estas plazas, manifiesta que ha sufrido supuestos desperfectos que han podido ser causados al acceder las motos a estas plazas. Esta propietaria ha propuesto como punto para la junta de propietarios el prohibir el acceso y aparcamiento de motos a estas plazas de caracter común y habilitadas a tal fin. Mi pregunta es, ¿es esto legal?, ¿la comunidad puede por votación en junta denegar el acceso de los vecinos con motocicleta a estas plazas, cuyo mantenimiento es de caracter común?, ¿cabría la posibilidad de interponer algún recurso legal en caso de que la comunidad negara el uso de estos aparcamientos a los vecinos implicados?, en tal caso, ¿en que fundamentos legales podría apoyarse?. Muchas gracias y un cordial saludo.
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Buenas tardes. La propietaria afectada no puede prohibir el acceso y uso de las citadas plazas, toda vez que son de uso común por los demás vecinos. Si ha sufrido daños, deberá reclamarlo a quien considere que se los ha causado, pero no puede proponer prohibir su uso y acceso. En el supuesto de que la Comunidad procediera a adoptar un acuerdo en este sentido, cabría interponer una demanda de impugnación de acuerdo en el plazo de 3 meses a contar desde la notificación del mismo, si no acudió a la junta, o desde su celebración.Quedamos a su disposición, si necesita ampliar la información. Cristina: 683 383 374.Saludos!
— VELA ABOGADOS