buenas tardes, hemos arreglado y pintado los balcones de los pisos porque estaban deteriorados, y el dueño de un local nos ha dicho que también tenemos que pintarle la fachada del local, el local solo paga una mínima cuota de comunidad, ¿tenemos obligación de pagar la pintura del local? los bloques son de ladrillos visto solo hay que pintar balcones. Gracias
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Buenas tardes. Los locales siempre deben contribuir en orden a la conservación y mantenimiento de los elementos comunes que les dan sustento directo (cubierta, fachada, obras en general de refuerzo del edificio, pintura exterior, en su caso, etc.) inclusive pese a la excepción que pudiera contener los Estatutos de la Comunidad. Precisamente y en contraprestación a esa contribución, la comunidad deberá corresponder manteniendo esos elementos comunes, entre ellos el pintado de la fachada.Lo dicho salvo mejor criterio fundado en Derecho. Saludos.
— José Manuel Piñero Fernández
Buenos días,Tendrían que revisar los estatutos de su comunidad a ver qué establecen, pero en principio, si el local contribuye en la medida que está estipulada, la pintura de la fachada corresponde a la comunidad.Espero que le haya sido de ayuda, para lo que necesite en Deugest quedamos a su disposición, si lo desea puede contactar con nosotros en los teléfonos 661 677 733 ó 954 369 337, también a través de la web www.deugest.com.
— DEUGEST ABOGADOS