Mi expareja y yo tenemos 2 pisos al 50% cada uno con hipoteca en diferentes bancos.Cada uno quiere quedarse con uno. El haría una subrogación y yo tendría que realizar una hipoteca nueva.Mi pregunta es, qué se tendría que hacer permuta al ser dos viviendas hipotecadas o se puede hacer extinción de condominio? Cuál es la diferencia y que es lo correcto? Y si se hace permuta o extinción el valor del inmueble es el que se compró en su momento?Gracias,
1 Respuesta
Buenos días La extinción de condominio es mucho más económica en su caso. Para ahorrar el máximo habrá que ajustar bien los valores. Las fincas se valoran a precio actual teniendo en cuenta el valor mínimo fiscal, la deuda y la equivalencia.Hay que asegurar bien la subrogación para que no le denieguen la hipoteca.Otra prevención son las consecuencias en el IRPF.Si son o han sido pareja hay otras opciones.Si lo desea puede contratarme para supervisar el proceso y que les cueste lo mínimo posible. Puede contactar por mail o llamar de lunes a jueves de 4 a 8 a mí despacho.Saludos Chantal Catala CATALA ADVOCATSwww.catala-advocats.com
— CATALA ADVOCATS