Buenas tardes,Estoy casado en régimen de separación de bienes total en la comunidad de Aragón. Mi mujer no trabaja, no tiene ningún ingreso y tenemos una niña de tres meses.Quería saber qué pensión compensatoria le pertenecería a ella(en caso que le perteneciese algo), qué pensión alimenticia aproximada tendría que pasar a mi hija y de quién sería la custodia de la niña.Podría pedir la custodia compartida una vez que la niña dejara de ser lactante?
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En Aragón se aplica con carácter preferente el régimen de custodia compartida, si bien en atención a la edad de la menor y a la situación de lactancia quizá no sea lo más aconsejable. En caso de no llegarse a un acuerdo con la madre de la menor, usted podría solicitar la custodia compartida, si bien entiendo que el juez valoraría la situación de lactancia de su hija. En cuanto a la pensión de alimentos se establece en función de los ingresos de los progenitores y de las necesidades de la menor (gastos de colegios, guarderías, vivienda, vestido, alimento etc etc…)En cuanto a la pensión compensatoria habrá que estar a la edad, formación, vida laboral de su ex, así como duración del matrimonio. En todo caso entiendo que en caso de establecerse pensión compensatoria esta sería temporalPara ampliar la información y aplicarla a su caso concretó puede ponerse en contacto telefónico en el 976158716/605245244
— Ana García del Cacho