¡Buenos días! Mi pregunta es la siguiente. Yo tuve en acogimiento a un menor que ahora tiene 19 años al padecer ambos padres una enfermedad mental. En mayo pasado se ha trasladado a vivir a otra ciudad con una tía materna y su madre porque aquí en casa empezó a descontrolar y tuvimos que ponerle límites. Aún así acabó el bachiller. En este momento vive el chico y la madre (ésta con esquizofrenia) en un piso de su tía materna en el mismo bloque donde vive la tía materna. Al trasladarse a vivir con su madre se matriculó en un módulo de grado superior pero ha abandonado los estudios y está teniendo problemas con el cánnabis y el alcohol y hasta problemas legales. Yo desde otra ciudad hablé con la familia materna para que intentaran que entrara en un programa donde se tratasen las adicciones pero no vemos respuesta, con lo cual el chico cada vez se va deteriorando más. Ahora piden legalmente una pensión de alimentos, para pagar la luz y el gas del piso donde vive con la madre. MI pregunta es la siguiente ¿El padre tiene que aportar un pensión obligatoriamente aunque el chico no realice ninguna actividad? (ni estudia, ni trabaja..) ¿Yo como persona que le ha tenido en acogimiento familiar administrativo hasta que se ha ido a vivir con su madre, ¿Qué podría hacer? Me veo impotente viendo como se va deteriorando y la tía materna ni toma decisiones ni permite que la tomemos.
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Buenos días: Ud no puede hacer nada porque el chico es mayor de edad. El, aunque sea mayor de edad, sí que pude solicitarle a su padre una pensión por alimentos, al amparo del artículo 142 del Código Civil. Otra cuestión a estudiar es que Ud pudiera adoptar a este mayor de edad. Para estudiar la viabilidad de su caso puede pedir cita con nuestro despacho, Abogadas Asociadas Castellana, en los teléfonos 91.345 52 68 y 91 345 60 74. Gracias.
— Abogadas Asociadas Castellana