Hola, buenos días: En caso de que un hombre que no hubiera reconocido a un niño, apareciera de nuevo en su vida, solicitara las pruebas de paternidad y se confirmara que es el padre, supongo que se le reconocería su paternidad. Pero en ese caso, ¿la madre podría solicitar que esta persona entregara con carácter retroactivo todas las pensiones alimenticias que le hubiera correspondido abonar si hubiera reconocido al niño desde el principio? ¡Muchas gracias!
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Buenos días,En principio las pensiones se empiezan a pagar a partir de la fecha de la primera sentencia, con carácter retroactivo desde el momento de presentación de la demanda, sin perjuicio que corresponda algún tipo de indemnización.En cualquier caso es conveniente que se asesore con un Abogado de su confianza.Quedo a su disposición,Marina (Abogada de Madrid).
— de Bem Abogados
Muchas gracias! Entiendo entonces que si el padre aparece por ejemplo a los ocho años y en ese momento se hace la demanda por parte de ambos (él para que le reconozcan la paternidad y ella una vez reconocida para que haya pensión), no traería el pago de pensiones desde el nacimiento, sólo desde que se interpongan las demandas Es así? Te cuento que sería un caso en el que no se registró al hombre como padre, de mutuo acuerdo y con el acuerdo privado de no solicitar nunca la paternidad ni estar obligado a pensiones. Gracias de nuevo
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Buenos días, la pensión de alimentos no es retroactiva en casos que el padre no haya reconocido a ese menor, si no que empieza con la obligación de la pensión de alimentos, entre otras, desde la interposición de la demanda de medidas paternofiliales.Seguramente al solicitar la relación paternofilial, para el caso de que sea el padre, solicitará unas medidas paternofiliales, entre las que se encuentren el régimen de visitas, la pensión de alimentos y la patria potestad compartida. Si no añade además guarda y custodia compartida y demás. Para eso habría que estudiar el caso. Si desea cualquier aclaración puede contactar al 634742711, donde le detallaremos y asesoraremos en lo que necesite. Reciba un cordial saludo.
— Abogados Ortega y Gasset
El problema que plantea tiene respuesta desde hace doscientos años en nuestra legislación civil, imitandose la solución establecida en el Código de Napoleón.A mí me parece que esa cuestión por razones de equidad debería ser objeto de modificación legislativa, pues el obligar al padre -o madre- sólo a partir del momento que se le esta diciendo, favorece injustamente al adulto en perjuicio del menor al que trajo al Mundo. El niño genera gastos desde antes de nacer; el hecho de que, en este caso, la madre, por las razones que sea haya retrasado la reclamación de alimentos -o la acción de filiación- nunca debiera empobrecer al menor, en el sentido de declararse extinguido su derecho a los alimentos desde su nacimiento al día en que se interpone la demanda, pues durante ese periodo comió, bebió, ser vistió, estubo bajo un techo, precisó atención médica, quizás fue al colegio… y eso de que el mal padre se escape de pagar me parece injusto; y más si esa injusticia se apoya en un precepto legal que debe ser modificado.
— López-Mingo