Hijo de 34 años que convive con madre divorciada. El padre dejó de pasar la pensión a los 25 años.Tiene trabajos eventuales, que según él, le impiden emanciparse. No aporta económicamente nada al mantenimiento de la casa y existen problemas de convivencia con la madre.¿Cómo he de proceder para que abandone la casa materna?. ¿Qué pensión alimenticia he de pasarle?¿El padre también tendría obligación de pasarle pensión alimenticia, aunque tenga otra familia?
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Supongo que la situación que expone debe ser la establecida en su día por el Juzgado al acordar las medidas del divorcio. Si es así, deberá solicitar al Juzgado una modificación de medidas, aunque ya le advierto que el pleito puede resultar complicado si su hijo alega que no tiene a dónde ir. En cuanto al padre, si es necesario ayudar económicamente a su hijo, estaría obligado a ello, incluso aunque las medidas del divorcio establecieran que la pensión solo se pasaría hasta los 25 años. En la ley existe la figura denominada alimentos entre parientes que obligaría a ambos progenitores a ayudar a su hijo si este lo precisara. El tema es lo suficientemente complejo como para estudiarlo con detenimiento, por lo que si lo desea, estoy a su disposición para valorarlo y buscar la mejor solución para sus intereses.
— Talavera Saldaña Abogados