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Buenas tardes:Su exmarido no puede descontar del importe mensual de la pensión los días que haya tenido a sus hijas consigo, si lo hace, usted puede ejecutar la sentencia por la que se aprueba el importe de la pensión alimenticia, mas las costas, y el Juzgado acordará el embargo para cubrir las cantidades impagadas.AtentamenteLluis Castellano – CASTELLANOBOLADERAS (CB) advocats 93 222 00 72
— Castellano Boladeras Advocats
No, no puede. La pensión se paga por 12 mensualidades y cubre gastos distintos de la que es la mera comida como son ropa, colegio, libros,…Dígale Ud. a su ex que pregunte a un abogado y en caso de que no le pague la diferencia, reclámelo judicialmente. Como es muy posible que la reclamación judicial no le salga a cuenta, propóngale hacer una consulta conjunta al abogado que él escoja para que les resuelva esta duda. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano