Buenas tardes,Mi caso es el siguiente: hace 10 años falleció mi madre y hemos aceptado la herencia y pago el impuesto de sucesiones en su día, pero todos los bienes han quedado sin cambio de titular. Hace tres años, falleció mi padre y hemos realizado los mismos trámites: aceptación de herencia y pago del impuesto de sucesiones.En ambos casos no había testamento.En un principio no realizamos la división de los bienes mi hermano y yo ya que pensábamos compartir gastos e ingresos en lo heredado ( por ejemplo, alquilar los pisos y entre los dos asumir los gastos de rehabilitación, etc).Yo ahora prefiero adjudicar los bienes a cada uno y que cada uno administre lo que le corresponda de dicho reparto según su criterio.¿Como debo proceder para que se produzca esta división?¿quien valora cuanto vale cada bien y como se compensaría al otro si uno se queda con bienes de mas valor?Muchas gracias de antemano.
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Buenos díasPor lo que indica, en su momento se procedió a adjudicar las herencias en proindiviso, es decir, por mítad entre ustedes.Si es así, lo que habría que hacer ahora, para adjudicar a cada uno unos bienes distintos, es proceder a formalizar una escritura de extinción de proindiviso o condominio, que es económicamente lo mas barato, ya que el impuesto que se paga, es del 0’75por 100, en la comunidad de Madrid, además de los honorarios del notario y los correspondientes a los registradores, ya que también está exenta de plus valía municipal.En cualquier caso estamos a su disposición en el despacho, donde sea debidamente atendido, ya que uno de los miembros del despacho ha sido oficial de notaria durante más de 40 años, y esta avituado a estos temas de herencias y disolución de comunidades de bienss.Un cordial salud
— Sergio Padrós Gómez