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Buenas tardes. De su pregunta entiendo que la orden de alejamiento ya ha sido impuesta por el Juez. En este caso la orden de alejamiento se ha establecido como medida cautelar, manteniéndose, al menos, hasta que se dicte la sentencia penal. Si la condena es absolutoria, finaliza la orden de alejamiento. Si es condenatoria, se mantendrá hasta el día que fije la sentencia. Impuesta la medida de alejamiento por el juez, sólo cabe su cumplimiento. No es posible que usted pueda quitarla. No puedo darle más información al desconocer el caso concreto. Si aún no se ha celebrado el juicio oral, igual habría alguna forma de hacer extinguir la orden de alejamiento, pero ello conllevaría la finalización del mismo proceso penal. Si el juicio oral ya ha tenido lugar y está usted a la espera del dictado de la sentencia, de ser condenatoria se mantendrá la orden de alejamiento sin que en este caso pueda hacer algo al respecto, salvo recurrir por parte de su marido.Lo dicho salvo mejor criterio fundado en Derecho. Saludos.
— José Manuel Piñero Fernández