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Cuando se venda el piso, tu tienes que declarar, en renta, el incremento patrimonial por la venta. Aunque se compre otra vivienda, como el dinero no proviene de la venta de tu vivienda habitual, ni se destina a la compra de tu vivienda habitual, no tendrás ninguna bonificación.Además, si el dinero se destina a la compra de una vivienda para tu padre, al 100%, habrá una donación que tu padre tendrá que declarar. Es una operación que saldrá carísima por lo que te aconsejo que contrates un abogado que presupueste esta operación y aconseje sobre la mejor forma de actuar. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano